La reforma del sistema de provisiones de insolvencia
Raimundo Poveda
Boletín Económico, 2000, issue JAN, 79-91
Abstract:
El pasado mes de diciembre, el Banco de España publicó una Circular que modifica la regulación sobre provisión del riesgo de crédito, o provisión de insolvencias contenida en su Circular sobre normas de contabilidad. La modificación presenta alguna novedad conceptual muy interesante e importante, que va a tener efectos apreciables en las cuentas de las entidades de crédito de los próximos años. El proyecto, como cualquier norma contable del Banco de España, fue sometido a consulta de las asociaciones profesionales de las entidades de crédito afectadas, y de otros organismos e instancias públicas implicadas. En este caso, y precisamente por su novedad e importancia, el proceso de consulta fue más prolongado, y produjo una discusión más intensa de lo que suele ser habitual en una norma contable en nuestro país; tuvo por ello un eco desusado en la prensa económica. Aunque conviene añadir que esa discusión no excedió los límites de lo que en otros países, y en particular en los de la órbita anglosajona, es normal en la preparación de normas contables importantes. La discusión fue, en conjunto, constructiva y útil, porque permitió refinar técnicamente las propuestas iniciales, y facilitó su aceptabilidad, al definir un nivel de provisiones cuya implantación no será traumática para las entidades o para los mercados crediticios. Las modificaciones introducidas en diciembre en materia de provisiones son de dos órdenes. La novedad más importante y original es la creación de un nuevo concepto de provisión de insolvencias. Esa provisión comenzó llamándose, según gustos, anticíclica o de estabilización, una terminología que se fijaba en los efectos del mecanismo contable diseñado para la nueva provisión; pero, finalmente, se ha bautizado como provisión estadística, lo que atiende sobre todo a su naturaleza. En algún momento se jugó con la denominación de provisión actuarial, tomando prestado de la técnica aseguradora un término que, en definitiva, significa lo mismo que provisión estadística. El resto de las modificaciones de la Circular de diciembre consiste en una revisión de la regulación de los conceptos de provisión de insolvencia ya existentes, que se someten al pulido de la experiencia, y, sobre todo, que se ajustan para mantenerlos al nivel de los mejores estándares internacionales en la materia. Voy a tratar sucesivamente todas las modificaciones de la Circular, pero dedicaré la mayor parte de mi intervención a la provisión estadística.
Date: 2000
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