La reforma del sistema de defensa de la competencia en España
Pablo Hernández de Cos and
Juan Mora-Sanguinetti
Boletín Económico, 2008, issue MAY, 55-66
Abstract:
Como es bien sabido, la teoría económica establece que la competencia perfecta, en ausencia de fallos de mercado, consigue una asignación óptima de los recursos; es decir, se alcanza la producción máxima, dados los recursos y la tecnología disponible, a los precios mínimos. De esta forma, un mayor grado de competencia genera un mayor nivel de producción y de empleo de la economía, así como una reducción de los precios y de los márgenes con que operan las empresas, en beneficio de los consumidores. Adicionalmente, en los últimos años la literatura teórica y empírica ha enfatizado el papel que desempeña la competencia en favorecer la incorporación de las tecnologías más eficientes en los aparatos productivos, elevando el nivel agregado de productividad y el bienestar de los ciudadanos. En este contexto, en los países occidentales se han definido y reforzado en las últimas décadas las políticas destinadas a promover el nivel de competencia de la economía en su conjunto, a través de las «normativas de defensa de la competencia», o de sectores específicos, a través de su liberalización y reforma regulatoria. En relación con el primer tipo de políticas, en julio de 2007 se aprobó en España una nueva Ley de Defensa de la Competencia (Ley 15/2007), que sustituyó a la anterior, vigente desde 1989 (Ley 16/1989). La modificación del marco regulatorio comunitario en esta materia, con la aprobación de un nuevo Reglamento del Consejo Europeo en 2003, el desarrollo de nuevos instrumentos para la defensa de la competencia a nivel comparado y la profundización del proceso de descentralización territorial en España exigían una actualización de la normativa española. Este artículo analiza las principales modificaciones introducidas por la nueva normativa de defensa de la competencia. Para ello, en la siguiente sección se describen los principales rasgos de la normativa anterior. En la sección tercera se repasan los cambios incorporados por la Ley 15/2007. En la sección cuarta se compara la legislación española con la del resto de países desarrollados, a partir de la actualización para el caso español de los indicadores relativos a la calidad de la normativa de defensa de la competencia elaborados por la OCDE [Høj (2007)]. Por último, la sección quinta resume las principales conclusiones.
Date: 2008
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