De nuevo sobre la suspensión de la ejecutividad del acto administrativo de naturaleza tributaria
Marcos Iglesias Caridad ()
Additional contact information
Marcos Iglesias Caridad: Universidad de Salamanca
Crónica Tributaria, 2023, vol. 189, issue 4, 65-118
Abstract:
El instituto de la suspensión de la ejecutividad de los actos administrativos de naturaleza tributaria ha sido objeto de algunos cambios provocados por la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, con un claro propósito de proteger el crédito tributario. Nos detendremos en estas modificaciones pues, en ocasiones, tratan de hacer frente a la jurisprudencia más garantista en favor de los obligados tributarios. Pero antes analizamos otros dilemas que, no por ser antiguos, revisten una gran actualidad, ya que el régimen jurídico de la suspensión merece una revisión normativa que persiga lograr una regulación más uniforme tanto en la vía administrativa como en la jurisdiccional, así como más próxima a las posturas más garantistas con el principio de justicia cautelar. Recientemente se han modificado los reglamentos de desarrollo de la LGT por el Real Decreto 249/2023, de 4 de abril, que también recogemos en este trabajo.
Keywords: suspensión tributaria; justicia cautelar; Ley 11/2021; responsables solidarios; medidas cautelares (search for similar items in EconPapers)
JEL-codes: K34 (search for similar items in EconPapers)
Date: 2023
References: Add references at CitEc
Citations:
Downloads: (external link)
https://www.ief.es/vdocs/publicaciones/1/189/3.pdf (application/pdf)
Related works:
This item may be available elsewhere in EconPapers: Search for items with the same title.
Export reference: BibTeX
RIS (EndNote, ProCite, RefMan)
HTML/Text
Persistent link: https://EconPapers.repec.org/RePEc:hpe:crotri:y:2023:v:189:i:4:p:65-118
Access Statistics for this article
More articles in Crónica Tributaria from Instituto de Estudios Fiscales Contact information at EDIRC.
Bibliographic data for series maintained by Belén García Carretero ().