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Presentación de las cuentas financieras de la economía española. SEC/95. Serie 1995-1999

Banco de España

Boletín Económico, 2000, issue MAY, 43-61

Abstract: España, al igual que los restantes Estados miembros de la Unión Europea (UE), está obligada al cumplimiento del Reglamento del Consejo de la UE 2223/96, de 25 de junio de 1996, relativo al Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales de la Comunidad (SEC/95), que comprende los principales agregados macroeconómicos, las cuentas, tanto de flujos como patrimoniales, de los sectores institucionales (financieras y no financieras) e, incluso, datos de empleo. Entre las principales características de este nuevo manual contable hay que destacar, en primer lugar, el hecho de que es el primer sistema de cuentas nacionales que se implanta por una disposición legal y, por tanto, es de aplicación obligatoria en todos sus elementos a todos los Estados miembros de la UE, lo cual asegura la utilización de una metodología uniforme en todos los países. En segundo lugar, el SEC/95 es un sistema contable armonizado en otros aspectos, ya que en tanto que constituye la versión europea de la cuarta revisión del Sistema de Cuentas Nacionales (SCN/93) de la Oficina Estadística de las Naciones Unidas y de otros organismos internacionales, comparte la misma base conceptual del 5º Manual de Balanza de Pagos del FMI y de la Posición de Inversión Internacional, y, asimismo, la base en la que se fundamenta la revisión en curso del Manual de Estadísticas de las Finanzas Públicas del FMI. De especial relevancia en el ámbito europeo es la inclusión en el sistema de un subsector especifíco en el sector Instituciones financieras, a saber, el subsector Instituciones Financieras Monetarias (IFM), que es la agrupación que el Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC) define como el sector creador de dinero, lo que refuerza la relación entre las estadísticas monetarias y las de cuentas nacionales. Además, el SEC/95 ha establecido una armonización en cuanto al plazo límite de disponibilidad de los datos y a la periodicidad de las series estadísticas, que tienen que ser los mismos en todos los países. Por último, Eurostat ha configurado un único diseño para la transmisión de datos. Todo esto tiene implicaciones prácticas importantes, ya que facilita la elaboración de agregados referidos a áreas económicas tales como la UE y la UEM, hace que estos sean más ajustados en relación con sus propias definiciones y permite acortar el período de desfase en la publicación de las Cuentas. La entrada en vigor del nuevo sistema se está produciendo de forma escalonada, según un calendario establecido en el propio Reglamento, que comenzó en abril de 1999 y se extiende hasta finales del año 2003. Así, los principales agregados del total de los sectores residentes, anuales y trimestrales, referidos al período 1995-1998, se remitieron a la Comisión (Eurostat) en abril de 1999; los principales agregados del sector Administraciones Públicas, entre ellos el déficit, referidos al mismo período, se transmitieron en agosto de 1999; y la Notificación correspondiente al Protocolo sobre procedimiento aplicable en caso de déficit excesivo (PDE) hubo de realizarse con la nueva metodología, por primera vez, para los mismos años, en febrero de 2000. Por lo que se refiere a las Cuentas Financieras, el plazo de envío a la Comisión (Eurostat) finaliza en septiembre de 2000. No obstante, en un contexto en el que los datos de los principales agregados y las cuentas de las Administraciones Públicas con la metodología SEC/95 son conocidos, y dado que es inminente la publicación por el Instituto Nacional de Estadística (INE) de las cuentas no financieras de los restantes sectores en el marco del nuevo sistema, el Banco de España, al igual que los restantes Bancos Centrales Nacionales de la UE, decidió acelerar los trabajos de elaboración de las Cuentas financieras de la economía española (CFEE) con la nueva metodología, con el fin de facilitar el análisis de la aproximación no financiera y financiera en un marco integrado. Estos trabajos han concluido recientemente con la elaboración de una primera versión de las Cuentas Financieras, con periodicidad trimestral, que también presentará totales anuales, para el período 1994.IV 1999.IV. Las Cuentas financieras de la economía española, 1995 - 1999, en términos del SEC/95, series trimestrales y anuales, en edición bilingüe, español e inglés, se publicarán, por primera vez, a mediados de junio de 2000 en una monografía similar a la que se viene difundiendo desde 1990, y que se distribuirá, como es habitual, junto con el Informe anual. Asimismo se publicarán en la página del Banco de España en la Red. Por este último medio se difundirán, regularmente, las sucesivas actualizaciones trimestrales de las Cuentas, con un desfase de unas dieciséis semanas respecto al último trimestre al que van referidas. La primera difusión de las CFEE SEC/95 irá acompañada de una nota explicativa sobre la aplicación en la práctica de la metodología del nuevo manual. En este contexto, este artículo tiene por finalidad proporcionar una visión resumida de los cambios más significativos que la implantación del nuevo sistema contable ha supuesto para las cuentas financieras en general y para las relativas a la economía española en particular. Además de los cambios por este motivo, las Cuentas SEC/95 incorporan otras diferencias, de las que se informa más adelante, derivadas de la explotación de nuevas fuentes de información y de la mejora en la calidad de las ya existentes. El artículo se estructura en nueve apartados, incluyendo el correspondiente a esta introducción. En el epígrafe siguiente se comenta el cambio de ámbito que presentan las Cuentas SEC/95. Los epígrafes 3 y 4 tratan, respectivamente, de las diferencias en la sectorización y en los instrumentos financieros entre ambos sistemas. Por su parte, el epígrafe 5 comenta la incidencia que el cambio en la imputación temporal de las rentas por intereses ha tenido sobre la parte financiera de las Cuentas. Seguidamente, el epígrafe 6 se dedica a señalar el impacto en las Cuentas y a describir la aplicación práctica de la valoración de los instrumentos financieros a precios de mercado a que obliga el SEC/95. El epígrafe 7 da cuenta de las modificaciones introducidas no ligadas al cambio de metodología del nuevo sistema. Dado que los cambios recogidos en los anteriores epígrafes afectan de forma desigual a los distintos sectores y, en ocasiones, tienen efectos contrapuestos en los instrumentos a los que afectan, el epígrafe 8 presenta una síntesis de la repercusión total de las modificaciones más relevantes en los sectores en los que se divide la economía y en esta en su conjunto. A pesar de los cambios sustanciales que ha supuesto la implantación del SEC/95, están pendientes de acometer en las CFEE algunas modificaciones adicionales. A esta cuestión se dedicará el epígrafe 9.

Date: 2000
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