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La pena sin su incumplimiento: condicionalidad de la cláusula penal, exigibilidad del título ejecutivo y los límites del artículo 1542 del Código Civil

Andrés Gabriel Varas Quijón

No r7z2p_v1, SocArXiv from Center for Open Science

Abstract: A propósito de la sentencia de la Corte Suprema, Primera Sala, Rol N° 12.118-2025, de 22 de junio de 2026, en contrapunto con el Derecho comparado y los textos de armonización. Andrés Gabriel Varas Quijón. Doctorando en Derecho Civil. Máster en Derecho por la Universitat de València y la Universitat Autònoma de Barcelona. ORCID: 0009-0001-5248-8736. Resumen. La sentencia de la Primera Sala de la Corte Suprema Rol N° 12.118-2025 acogió un recurso de casación en el fondo y negó fuerza ejecutiva a una cláusula penal de algo más de ocho mil unidades de fomento que el Fisco cobraba a un médico becario eliminado académicamente de su programa de especialización. Este trabajo reconstruye y valora la decisión desde la dogmática de las obligaciones con cláusula penal. Se sostiene que el fallo es correcto y dogmáticamente fino: la cláusula penal es una caución condicional y accesoria (artículo 1535 del Código Civil), cuya exigibilidad pende de que se verifique el incumplimiento específico previsto. Como la eliminación académica no es la hipótesis pactada —no presentarse a cumplir el Período Asistencial Obligatorio, o abandonarlo una vez iniciado—, la obligación no era actualmente exigible y el título carecía de fuerza ejecutiva (artículo 464 N° 7 del Código de Procedimiento Civil). Se precisa, además, el alcance del artículo 1542: la avaluación convencional libera de probar la cuantía del perjuicio, mas no el incumplimiento culpable que hace operar la pena, distinción sobre la que recae la prevención del fallo. El examen comparado —el modelo español (artículo 1152 del Código Civil español), el francés (artículo 1231-5 del Code civil), el italiano (artículos 1382-1384 del Codice civile) y el alemán (§ 339 del BGB), junto a los textos de armonización (Principios UNIDROIT, PECL y DCFR)— confirma, como consenso transnacional del Derecho de contratos, que la pena presupone el incumplimiento imputable y contemplado, y que entre cobrar la pena y construir la condición que la justifica media una frontera que el juicio ejecutivo no puede salvar. Palabras clave: cláusula penal · obligación condicional · accesoriedad · exigibilidad actual · título ejecutivo · fuerza ejecutiva · artículo 1542 del Código Civil · artículo 464 N° 7 del Código de Procedimiento Civil · interpretación restrictiva de la pena · Derecho comparado · Principios UNIDROIT · artículo 1231-5 del Code civil · § 339 del BGB · Período Asistencial Obligatorio. Cita sugerida: Varas Quijón, A. G. (2026). La pena sin su incumplimiento… Zenodo. https://doi.org/10.5281/zenodo.20820793

Date: 2026-06-26
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DOI: 10.31219/osf.io/r7z2p_v1

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